Cuánto tiempo se está en ASNEF y qué pasa con una deuda prescrita
En resumen
- Como máximo 5 años desde el vencimiento de la deuda.
- Si la pagas, debe salir antes: solo puede estar mientras dure el impago.
- La prescripción de la deuda es otra cosa: el plazo general es de 5 años, pero se interrumpe con cada reclamación.
El límite: cinco años desde el vencimiento
El artículo 20.1.d de la LOPDGDD dice que los datos solo pueden mantenerse mientras persista el incumplimiento, con un máximo de cinco años desde la fecha de vencimiento de la obligación. El plazo cuenta desde que la deuda venció, no desde que te incluyeron en el fichero.
Si pagas, sales antes
Una vez pagada, ya no hay incumplimiento y la deuda no debería seguir en el fichero. Para acelerarlo, pide un justificante de pago y envía tú la supresión a Equifax: modelo de supresión.
Fichero y prescripción: dos plazos distintos
| Plazo del fichero | Prescripción de la deuda | |
|---|---|---|
| Qué es | Tiempo máximo que puede aparecer la deuda en ASNEF | Tiempo que tiene el acreedor para reclamarte el pago |
| Regla general | 5 años desde el vencimiento (art. 20 LOPDGDD) | 5 años para acciones personales sin plazo especial (art. 1964 Código Civil) |
| ¿Se reinicia? | No: cuenta desde el vencimiento | Sí: cada reclamación fehaciente lo interrumpe y vuelve a empezar |
Por eso puede pasar que una deuda salga del fichero y el acreedor siga pudiendo reclamarla, porque te la ha ido reclamando. O al revés: que una deuda prescrita siga en el fichero. En ese caso, pide la supresión.